Subvenciones del Ayuntamiento a Centros y Asociaciones

El Ayuntamiento de Alcorcón tiene abierto el plazo para diversas subvenciones a Centros y Asociaciones de Madres y Padres:

[Actualizado el 25/01/2007]: ¿Qué es el Plan Local de Mejora? Consulta las normas reguladoras para la suscripción de convenios de colaboración entre la Consejería de Educación y los Ayuntamientos de la región para la realización de Planes Comarcales o Locales de Mejora y Extensión de los Servicios Educativos en centros docentes de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria.

¿Cuál es la aportación del Centro para poder ser incluido en el Plan Local de Mejora…? Según el enlace anterior…

«Colaboración de los Centros Educativos en el desarrollo de los Planes

La Consejería de Educación considera importante que los centros educativos incluidos en los diferentes Planes colaboren con los Ayuntamientos en la elaboración, desarrollo y evaluación de los Planes, a través del Consejo Escolar Municipal o de Comisiones Locales de seguimiento de los Planes constituidas al efecto.

La composición de esta Comisión Local incluirá: Un profesor o profesora coordinador del Plan en cada centro participante, un representante de la Asociación o Asociaciones de Madres y Padres de cada centro y, al menos, un representante del Ayuntamiento o Junta Municipal en la que estén situados los centros. Se invitará a formar parte de la misma a un representante del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica y, en el caso de los centros que escolaricen a alumnado de Educación Secundaria, a una representación de dicho alumnado.

Previamente a la presentación de la solicitud, los Ayuntamientos solicitantes informarán a todos los centros educativos cuya participación se proponga, acerca del contenido del Plan Local. Los centros educativos podrán colaborar en la elaboración del mismo y aportarán certificado del Consejo Escolar en el que se acredite el conocimiento del Plan Local y, en su caso, la postura favorable del Consejo Escolar a la inclusión del centro en el mismo. Cada centro participante designará, de entre los integrantes del Claustro, un representante que formará parte de la Comisión Local de seguimiento del Plan, encargado de facilitar el desarrollo del Plan Local en el centro. Dicho representante tendrá las siguientes funciones:

1. Colaborar con el Ayuntamiento en la planificación de la oferta de actividades que se lleven a cabo en el centro en el marco del desarrollo del Plan Local.
2. Mantener contactos regulares con el Ayuntamientos con el fin de conocer las actividades previstas en el Plan Local y contribuir a facilitar el desarrollo de las mismas en el centro.
3. Facilitar el conocimiento por parte de los alumnos y de la Comunidad educativa del centro en general de las actividades incluidas en el Plan.
4. Fomentar la participación del alumnado del centro en dichas actividades teniendo en cuenta sus intereses y necesidades educativas.
5. Colaborar con el Ayuntamiento en la evaluación de las actividades y en la elaboración de la Memoria anual del desarrollo del Plan.
6. Asistir ocasionalmente al desarrollo de las actividades del Plan que se lleven a cabo en el propio centro.
7. Informar periódicamente al Consejo Escolar del centro acerca del desarrollo del Plan.
8. Colaborar con el Ayuntamiento en la resolución de convocatorias de becas o ayudas económicas destinadas a facilitar la participación del alumnado del centro en las actividades propuestas. Con el fin de facilitar el desarrollo de estas funciones y en el marco de la configuración de la plantilla del centro para cada curso escolar, el Equipo Directivo del centro propondrá al Servicio de Inspección Educativa, para su autorización por la Dirección de Área Territorial, la inclusión en el horario semanal del representante del centro en el Plan Local de Mejora y Extensión de los Servicios Educativos, de hasta cuatro horas lectivas semanales de dedicación a dichas funciones.

El horario semanal de dicho representante podrá contemplar, igualmente, la modificación de su horario de obligada permanencia en el centro, de modo que se facilite su presencia en el mismo durante el horario de desarrollo de las actividades extraescolares.

En este sentido se contempla la posibilidad de distribuir las horas de dedicación a esta tarea en una o dos sesiones de tarde, a cambio de la no asistencia de una mañana a la semana al centro.

Además, para facilitar la colaboración de los centros educativos en la elaboración, desarrollo y evaluación del Plan Comarcal o Local de Mejora y Extensión de los Servicios Educativos, en cada uno de los centros participantes se constituirá una Comisión específica del Consejo Escolar, en la que estarán representados el Equipo Directivo, el profesorado, los padres y madres de alumnos, un representante del personal no docente del centro y, en el caso de los centros de Educación Secundaria, el alumnado del centro.»

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.